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Primero. Convocatoria.
Se convoca el procedimiento de concesión de incentivos del Plan Renove de
Electrodomésticos de Andalucía correspondientes a 2009.
Segundo. Clases y cuantías de los incentivos.
1. Los electrodomésticos cuya adquisición se incentiva y las cuantías de los
incentivos son las siguientes:
a) Frigoríficos con clasificación energética A+: 105 euros.
b) Frigoríficos con clasificación energética A++: 125 euros.
c) Congeladores con clasificación energética A+: 105 euros.
d) Congeladores con clasificación energética A++: 125 euros.
e) Lavadoras convencionales y bitérmicas con clasificación energética A y
eficacia de lavado A y eficacia de centrifugado A o B: 85 euros.
f) Lavavajillas convencionales y bitérmicas con clasificación energética A y
eficacia de lavado A y eficacia de secado A o B: 85 euros.
g) Hornos con clasificación energética A: 70 euros.
h) Acondicionadores de aire de uso doméstico según Real Decreto 142/2003 con
clasificación energética A, a excepción de los portátiles: 300 euros.
2. El precio de adquisición de los electrodomésticos no podrá exceder de 3000
euros, IVA incluido. En dicha cuantía se incluirá el precio de venta al público
del electrodoméstico (PVP) más el de la instalación y/o desinstalación, en su
caso.
3. La cuantía del incentivo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el
apartado 1, no podrá superar el 25% del precio de adquisición.
Tercero. Adquisición de electrodomésticos y solicitudes.
El plazo de adquisición incentivada de los electrodomésticos y de
presentación de solicitudes de incentivos comenzará el día 20 de enero de 2009,
y permanecerá abierto hasta que se declare su conclusión mediante resolución de
esta Dirección General, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Las solicitudes de incentivos serán cumplimentadas por el comercio adherido
en el que vaya a adquirirse el electrodoméstico, previa reserva de fondos, a
través de la utilidad informática establecida al efecto, con arreglo al
procedimiento establecido en los artículos 14 y 15 de la Orden de 14 de
noviembre de 2008.
Cuarto. Tramitación, resolución y notificación.
La tramitación de las solicitudes de incentivos se regirá por lo dispuesto en
la citada Orden de 14 de noviembre de 2008, estando limitadas en todo caso a las
disponibilidades presupuestarias.
La competencia para resolver las solicitudes de incentivos corresponde a esta
Dirección General, siendo el plazo para resolver y notificar de tres meses, de
conformidad con los artículos 8 y 17 de la misma Orden.
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