| Plan Renove |
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Por resolución de 14 de diciembre de 2011, de la Secretaría General de Desarrollo Industrial y Energética, se convocan las subvenciones del Plan Renove de Electrodomésticos de Andalucía 2011, y el proceso de autorización y adhesión de empresas colaboradoras. En virtud de esta Resolución (BOJA núm. 247, de 20 de diciembre de 2011), se declara abierto el proceso de adhesión de comercios para la convocatoria del Plan Renove de Electrodomésticos de Andalucía para el año 2011. Primero. Convocatoria. Se convocan las subvenciones correspondientes al Plan Renove de Electrodomésticos de Andalucía correspondiente al 2011. Segundo. Tipos de electrodomésticos y cuantías de las subvenciones. 1. Los electrodomésticos cuya adquisición se subvenciona, y las cuantías de las subvenciones correspondientes a cada uno de ellos, son las siguientes: a) Frigorífico y frigorífico-congelador: Calificación energética A+++: 145 € Calificación energética A++: 125 € Calificación energética A+: 105 € b) Congelador: Calificación energética A+++: 145 € Calificación energética A++: 125 € Calificación energética A+: 105 € c) Lavadora calificación energética A+++: 145 €, A++: 125 €, eficacia de lavado A y consumo energético ≤ 170 Wh/kg: 105 €. d) Lavadora termoeficiente calificación energética A y eficacia de lavado A: 105 €. e) Lavavajillas calificación energética A+++: 145 €, A++: 125 €. f) Lavavajillas calificación energética A +, eficacia de lavado A y consumo energético ≤ 0,98 kWh/ciclo: 105 €. g) Lavavajillas termoeficiente calificación energética A y eficacia de lavado A: 105 €. h) Lavavajillas calificación energética A y eficacia de lavado A: 85 €. i) Encimeras de inducción total: 85 € j) Horno calificación energética A (o superior): 85 euros. k) Acondicionadores de aire de uso doméstico con clasificación energética A, a excepción de los portátiles: 400 €. No obstante, la cuantía de la subvención no podrá superar el 25% del precio de adquisición del electrodoméstico, por lo que, en caso de superarse, la cuantía de la subvención será la resultante de aplicar el citado porcentaje máximo. 2. El precio de adquisición de los electrodomésticos no podrá exceder de 3.000 euros, IVA incluido. En dicha cuantía se incluirá el precio de venta al público del electrodoméstico (PVP), más el de la instalación y/o desinstalación, en su caso. Tercero. Financiación de las subvenciones. Las subvenciones acogidas al Plan Renove de Electrodomésticos de Andalucía correspondiente al año 2011 se financiarán a través de los fondos procedentes del Convenio de Colaboración suscrito entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y la Agencia Andaluza de la Energía, para la definición y puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el Plan de Acción 2008 - 2012, (PAE4+) de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España. Cuarto. Plazo de adquisición subvencionada. El plazo para las solicitudes de reserva de fondos y la adquisición subvencionada de los electrodomésticos acogidos a la presente convocatoria, así como para la presentación de solicitudes de subvención, comenzará en las siguientes fechas: - El 7 de febrero de 2012, para el caso de frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas y hornos. - El 21 de febrero de 2012, para el caso de las encimeras de inducción total. - El 14 de marzo de 2012, para el caso de acondicionadores de aire de uso doméstico. Los referidos plazos permanecerán abiertos hasta que se declare su conclusión mediante resolución de la Dirección General de la Agencia Andaluza de la Energía, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Quinto. Reserva de fondos y presentación de solicitudes. 1. La reserva previa de fondos y la adquisición del electrodoméstico subvencionable se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Orden de 4 de febrero de 2009. 2. Una vez instalado el electrodoméstico adquirido, la empresa colaboradora presentará telemáticamente ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, en representación de la persona beneficiaria, la solicitud de subvención conforme al anexo II de la convocatoria, que estará disponible en la web de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia: http://juntadeandalucia.es/organismos/economiainnovacionyciencia.html. Sexto. Tramitación, resolución y notificación. 1. La tramitación, resolución y notificación de las subvenciones se regirá por lo dispuesto en la citada Orden de 4 de febrero de 2009, estando limitadas en todo caso a las disponibilidades presupuestarias. 2. El plazo máximo para la resolución será de un mes a contar desde la presentación de la solicitud, debiendo entenderse desestimada la solicitud si, transcurrido dicho plazo, no se ha notificado resolución expresa.
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